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¿Cuál crees que es el verdadero objetivo de la #LSP?

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Autor | Albert Alegret

Si me permitis voy a contar una historieta. Es mi visión de quién será contratado por el Cliente para hacer los edificios de más de 100.000 € de honorarios (p.e. entre 2.000 m² y 5.000 m²) en un futuro próximo (proyecto, dirección facultativa y control). Es la siguiente.


Una (ESP) Empresa de Servicios Profesionales (propiedad de un Empresario Abogado o Fondo de Inversión o de un Promotor) se adjudicará el encargo por medio de una Licitación a la que el Cliente le habrá convocado, junto a 10 otras ESP más, y para la cual se acreditará una determinada facturación en los últimos años, se comprometerá a ejecutar un planing y comprometerá unos costes del servicio (honorarios a todas luces “demasiado baratos como para hacerlo bien y con calidad” pensaremos todos).

Cuando sea la adjudicaratia del encargo, la ESP nombrará un Gerente del encargo (su titulación dará igual, porque sólo firmará contratos con proveedores y facturas con el Cliente). Entonces aparecerán en escena los técnicos-profesionales que tendrán las “atribuciones legales” como el técnico-proyectista, el técnico-especialista en cimentaciones y estructura, en instalaciones, en detalles constructivos, en gestionar la información técnico-legal, el técnico-coordinador de obra, el controler, el project, etc……… Cada uno con la titulación exigida y su Póliza de Seguros, claro.

Los profesionales elegidos para hacer estos trabajos técnicos también realizarán una mini-licitación (tarifas de la ESP, concurso negociado, etc…), podrán ser personas autónomas o sociedades de profesionales (es lo deseable para la ESP), serán coordinados eficientemente por el Gerente, y cobrarán aproximadamente, entre todos, entre el 30% y el 50% de lo que facturará la ESP. Ésta les pagará sus facturas 60 días después de que la ESP haya cobrado las suyas (60 días después de haber ejecutado los trabajos).

Cuando hayan problemas técnicos el Gerente pedirá al profesional que lo atienda y resuelva, porque éste es el responsable de que todo vaya bién. Y si se interpusiera demanda judicial por vicios, que nadie dude de que a los profesionales se le aplicaría todo el peso de la Ley. Así, para la siguiente Licitación no es seguro que la ESP vuelva a contratar al mismo Gerente, ni éste a los mismos profesionales.

¿Y para qué nos cuenta éste ésta ridícula historieta, os preguntareis?

Foster&Partners Office

Pues la cuento para poder preguntarnos ¿y yo quién de estos personajes quiero ser? ¿el dueño de la ESP?, ¿el Gerente? o ¿el profesional técnico proyectista, técnico calculista, etc…?

Independientemente de todo el ruido habido y yendo a las cuestiones de fondo -modelo profesional-, no sería nada descabellado pensar que el objetivo de la Ley de Servicios Profesionales sea permitir que esta forma de trabajar (historieta) sea la habitual; y para ello debe permitir la entrada al Empresario de las ESP (hoy los arquitectos), a los Gerentes profesionales (hoy los arquitectos) y promover las condiciones de máxima competitividad y versatilidad para contratar a los Proveedores (hoy y mañana los arquitectos, ingenieros, aparejadores, etc…: a los profesionales “de toda la vida”).

¿Nos ayudas a descubrir cuál es el verdadero objetivo de la nueva LSP? ¿Será Foster el modelo inspirador?

Nota importante: este artículo se basa en suposiciones y no está en la serie sobre la LSP de Manuel Sagastume, serie, que evita todo tipo de suposiciones no contrastadas rigurosamente.


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